PENSEMOS EN IGUALDAD







Un  Paso  Más  Hacia La Conciliación  Laboral y Familiar

Practicas en Igualdad


Con relación a la igualdad efectiva de mujeres y hombres, hay una pregunta que nos hacemos con mucha frecuencia: ¿por qué está fallando en las organizaciones, la conciliación en la vida personal, laboral y familiar, reflejándose que aún es más el número de  mujeres que hacen uso de la reducción de jornada, del permiso para cuidado de hijos, etc.?  

La Ley de igualdad (Ley 3 /2007, del 22 de marzo) vigente en España, ha acentúado su propósito sobre la conciliación laboral; esta materia ha salido reforzada además con las modificaciones introducidas al Estatuto de los Trabajadores; las empresas, poco a poco han ido adaptando sus políticas de empresa con dicha ley de igualdad y con las exigencias en materia de conciliación; pero todavía no se arrojan unos resultados más eficaces con relación a este tema.

La pregunta sería entonces, si deben intervenir las Administraciones públicas o no, y cómo deberían hacerlo, para influir en las empresas de manera que se pueda imponer a las mismas el adoptar prácticas de conciliación en la vida personal, laboral y  familiar, que conlleve el uso igualitario, tanto por mujeres como por los hombres que sean padres de familia.

En mi concepto, las Administraciones Públicas sí podrían y, aún más, deberían intervenir en las empresas, para que cada vez adopten más prácticas de conciliación.  Realmente, es lo que hace posible la “conciliación corresponsable”,  porque para que ésta sea posible es necesaria la implicación de todos los ámbitos: el Estado, las empresas, la sociedad y el individuo.
-¿Qué tal si pensamos entonces en algunas propuestas, en torno a prácticas más efectivas?

1)           Propondría que existieran más herramientas coercitivas, para que la conciliación no fuera materia casi en exclusiva de las mujeres; que el Gobierno implemente medidas para fomentar y facilitar el uso de la conciliación personal, laboral y familiar, consistentes en incentivos (o bien personales o bien económicos), al colectivo masculino para que haga uso de los permisos por paternidad y/o de las reducciones de jornada por cuidado de hijo. 
Una medida, que por ejemplo,  se me ocurre podría intentarse,   sería a través de bonificaciones para el trabajador que solicite sus permisos o la reducción de jornada, a cargo de las empresas y que luego estas pudieran repercutirse en las obligaciones fiscales.
El mismo Gobierno, también podría proponer un Proyecto de  ley para fomentar el uso de las medidas de conciliación, y para que estos incentivos queden previstos  como una obligación  en las  empresas;  de esta manera podrían quedar establecidos mediante una Ley.

2) Con fundamento  en la aplicación del Art. 9.2 de la Constitución, por el que se establece como una obligación de los poderes públicos, la de remover cualquier obstáculo que impidan o dificulten la plenitud de la libertad y la igualdad, el poder el ejecutivo (Gobierno), puede regular la imposición de sanciones administrativas a las empresas que no promocionen o discriminen a los empleados que hayan hecho  uso de la reducción de jornada por cuidado de hijo menor a 12 años, o cualquier pariente con grado de discapacidad, al que tengan derecho.  Con esto, se evitaría que continúe la dificultad en el uso de las medidas de conciliación, tanto por las mujeres como por los hombres, que temen a no ser promocionados o a mantener sus puestos en las empresas por hacer uso de la reducción de jornada u otra medida.

- El otro punto en el que quiero puntualizar, hablando de ventajas e inconvenientes,  es sobre qué beneficios traería la adopción de medidas de conciliación en la vida personal y familiar, como por ejemplo,  la existencia de un permiso de maternidad y paternidad obligatorio.

En mi criterio, la posibilidad de que el permiso sea obligatorio, tendría más ventajas que inconvenientes, lo explico:

a) Teniendo en cuenta que la cultura empresarial viene cambiando, y ahora se considera a los recursos humanos como el activo más importante de la empresa, sería el momento de establecer el permiso de maternidad y paternidad obligatorio. Esto aumentaría la responsabilidad social de las empresas y, en consecuencia, mejoraría el clima laboral, y  se incrementaría la satisfacción de empleados y empleadas; además se garantizaría para la empresa el poder retener el talento humano. Todo esto redundaría en un mayor rendimiento y eficiencia de los recursos humanos, que lleva implícito un mayor beneficio empresarial.

b)  Ofrecer la medida del permiso de paternidad obligatorio, destinada en exclusiva al género masculino como forma de incentivar la conciliación y corresponsabilidad entre los hombres, es apostar por una verdadera conciliación, es decir, por un cambio en el reparto actual de los cuidados que permita que hombres y mujeres puedan dedicar su tiempo a las distintas facetas de la vida.

   c) En cuanto a los inconvenientes, me parece que  si habláramos de estos permisos por igual entre mujeres y hombres,  y de manera intransferibles, podrían ocasionar una considerable reducción económica en el núcleo de una familia.  En España, la prestación por maternidad que se reconoce al suspenderse en contrato de trabajo, conlleva unos efectos económicos que pueden resentir la economía familiar;  La base de cotización a tener en cuenta para el pago correspondiente de la prestación, se calcula sobre unos topes que nunca alcanzan al salario integral de los trabajadores.  Por lo que se presentan reducciones que a veces hacen plantear el disfrute de la totalidad de los permisos.

Pero queridos blogueros, esto es tan solo una pincelada en este tema de igualdad efectiva;  nos corresponde reflexionar un poco sobre esta materia y reivindicar, cuando llegue el momento de escoger con relación a una herramienta tan poderosa como es la conciliación laboral y familiar, que las mujeres también podamos decidir en pro de la igualdad.


gamboaldany


Madrid, a 22 de enero 2019


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