VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA INFANCIA Y ADOLESCENTES


 

LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA INFANCIA Y ADOLESCENTES

CADA AÑO EN AUMENTO

ÚLTIMOS ESTUDIOS DETERMINAN UN PICO ALTO DE VIOLENCIA EN MENORES Y ADOLESCENTES 


El pasado mes de octubre se presentó un estudio sobre la “Evolución de la Violencia contra las mujeres. En la infancia y la adolescencia en España(2018-2022)" realizado por el Centro de Estudios e Investigaciones de la Fundación Anar,, una organización sin ánimo de lucro que se dedica a la promoción y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y desamparo, elaborado con los  testimonios de los y las menores, enmarcado dentro de una campaña de prevención de todo tipo de Violencia.


Este estudio visibiliza la situación actual y delicada que tendrá que afrontarse como nuevo reto en materia de violencia contra las mujeres;

Aunque, si bien analiza cuatro tipos de violencia, es concluyente en que la tasa de crecimiento es mayor en los casos de Violencia de género en adolescentes (87,7%) y la Violencia sexual (39,4%), con un significativo aumento en el último período analizado (esto es, de noviembre 2021 a octubre 2022). Los motivos que se explican para justificar este aumento se enmarca, entre otros factores,  en la transmisión de valores por parte de las familias y centros educativos y la llegada de las TICs.

En este Post,  me gustaría dirigir la atención en el enfoque cualitativo que se hace de la Violencia de género, a pesar que se analicen otros tipos de Violencia, como el Grooming, Sexting y/o el Acoso escolar y abordaremos, en primer lugar, el reconocimiento de la problemática por los propios protagonistas. Veamos:

1. ¿Reconocimiento o normalización?

Del análisis de cómo se percibe por adolescentes el concepto mismo de la “violencia de género” y, si son conscientes, o no,  que pueden estar sufriéndola, ha surgido una muestra interesante que toca con el concepto jurídico de la misma.

Estoy de acuerdo, como lo expone ANAR, en que el concepto estricto de Violencia de género es un tema que genera mucha confusión en adolescentes y puede resultar incomodo en los varones, por las pautas educativas que han recibido de generaciones anteriores.

Lo cierto es, que en el mundo jurídico, tampoco existe un término inequívoco; si lo revisamos, no existe una definición única. Tal como lo concibe el Convenio de Estambul se proporciona un concepto amplio de Violencia contra las Mujeres” al designar: todos los actos de violencia, basados en el género, que implican para las mujeres daños físicos, sexuales, psicológicos o económicos, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada.

En España, rige la definición de la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que establece un concepto limitado al referirse a violencia sobre las mujeres o sus hijos e hijas, cuando se ejerce por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

De donde, claro es que solo estaremos frente a un asunto de violencia de género, cuando los actos de maltrato se generen por el agresor siempre y cuando éste sea pareja o ex-pareja; escapando de ese concepto la violencia ejercida fuera de una relación afectiva.

No obstante, en este punto tenemos que aclarar, que sí son frecuentes los casos en los que el maltrato está vinculado a una situación de Violencia de género hacia la madre, y los hijos/ as son sujeto de agresiones verbales y físicas, igual que la madre; en estos únicos casos tendrían el mismo tratamiento y especialidad de Violencia de género.

Pero, no se puede pasar de cuclillas frente a las agresiones que puede sufrir una adolescente fuera del ámbito familiar, generadas por una amplia variedad de agresores, tales como, a los que se expone  en el Ciberacoso o el acoso escolar; en cualquier caso, para estas últimas la competencia estaría determinada en los Juzgados penales o civiles.

Por otro lado, el estudio revela también una normalización de la violencia psicológica (insultos, amenazas o intimidación), e incluso, que se percibe al interior de las familias, aunque sobre estas no se quiera decir mucho; en su defecto, resalta aquellas relaciones afectivas en las que entre las adolescentes se las califica, utilizando los mismos términos citados, como “relación tóxica” o la propia “Violencia de género”, pero:  “muchas de ellas no son capaces de definirlos y, en consecuencia, tampoco les resulta fácil identificar cuando ellas mismas son víctimas de estas situaciones” (destaca ANAR).

2. ¿Qué se está haciendo por las Instituciones?

Aunque en España exista un Pacto de Estado y el compromiso de los gobiernos autonómicos para contrarrestar la “Violencia de Género”, es evidente que los recursos no llegan a todas las autonomías por igual, ni las políticas se desarrollan al unísono; dependerá de cada Comunidad Autónoma la aplicación y especialización en las Medidas de prevención y los recursos destinados para tal fin, que serán mejor ó no tanto, en unas más que en otras.

Pero, un tema que se trata y que vale la pena precisar es en cuanto a la formación especializada en esta materia. Estoy también de acuerdo en que todavía queda  mucho por hacer, sobre todo en algunos lugares alejados que conocemos como la España profunda.

Ahora bien, respecto a la implicación del Poder Judicial, tal como se señala por ANAR, es bastante lo que tendría que mejorarse:

Se insiste en que desde el poder judicial, las actuaciones específicas en violencia contra la mujer se están realizando únicamente respecto a violencia en la pareja, tanto en la coordinación como en la especialización de las instituciones.

 Tal como se ha comentado anteriormente, tal como está el sistema judicial actualmente, existe un problema de competencias, en los que para algunos casos de agresiones u otras conductas delictivas conocen los Jueces especializado en VG y otras investigaciones se realiza desde los juzgados civiles o de lo penal, dejando a la deriva aspectos tan importantes como lo es la violencia en menores y adolescentes que tendría que ser tratada con la misma especialización y los mismos ó más recursos; con lo que este es un punto en los que se requieren cambios urgentes.

3. ¿Denunciar la Violencia pone en riesgo a niñas/os y adolescentes?

Otro punto concluyente del estudio es que se tendrían que replantear algunos aspectos procesales relacionados con las garantías de las Victimas menores y adolescentes y que comienzan desde el momento de la denuncia; se han reflejado  deficiencias en el sistema judicial que requieren mejoras.

-De manera generalizada se denota una falta de formación en todos aquellos/as que intervienen en el proceso de denuncia en sede policial o judicial. Lo que estaría  dificultando la tarea de los operadores jurídicos y afectaría de manera directa en la declaración de la víctima que quedaría en la 'incredulidad del relato', muchas veces cuestionado.

Por lo que en mi opinión, esto podría mejorar para que, quienes recepcionen tales denuncias estén preparados y cualificados, con un mínimo de formación en igualdad y perspectiva de género, así como, en el trato con víctimas. Además, la figura del Ministerio Fiscal desde un primer momento evitaría, entre otras, que se tuviera que repetir la declaración en varias ocasiones.

- No se les tiene en cuenta a las niñas o adolescentes que llegan a informar sobre unas agresiones a sitios nada acondicionados para las/os menores; se les está exponiendo desde el minuto '1' a enfrentar una intimidación por el propio agresor, familiares o vecinos; muy por el contrario a lo que se piensa, las instalaciones varían ampliamente según la jurisdicción en la que se encuentren. Es de decir, que aunque se está obligado por Ley a contar con salas Gesell para tomar declaración a las víctimas, no en todos los juzgados se cuenta con ellas.

- Como corolario de lo anterior, las Instituciones deberían garantizar la protección y la absoluta privacidad de sus declaraciones, que se obtendría si existieran sedes apropiadas y con la presencia de la Fiscalía de menores. 

-En muchas ocasiones la respuesta del sistema es la revictimización; es frecuente encontrarnos en situaciones en las que las víctimas tienen que demostrar constantemente su credibilidad; lo que según ANAR, se ve agravado por el intento que se hace a veces en los Juzgados de Menores de resolver las denuncias a través de la mediación y el perdón, evitando las condenas y generando desconfianza en el sistema judicial.

Estarán de acuerdo conmigo en que todo en su conjunto genera un problema mayor a la hora de denunciar la Violencia de género y transmitir su impacto en la sociedad, ocasionando el rechazo en muchos/as adolescentes, la desconfianza en el sistema, así como una normalización de la violencia que pueden estar viviendo.

Otras soluciones:

-Fuera de las propuestas que han quedado expuestas, quiero insistir en la prevención de las conductas de Violencia de género mediante la educación y la sensibilización, desde la infancia.

-Desnormalizar ciertos comportamientos que los niños/as y adolescentes reciben en sus entornos familiares y sociales, tomando conciencia del papel central de las redes sociales y las nuevas tecnologías que propina encumbrar la Ciberviolencia.

-Por último, creo que nos estamos equivocando en el mensaje que queremos transmitir a la nueva generación; aún mantenemos perpetuadas unas creencias con patrones de desigualdad y machismo al interior de nuestras familias, muchas imperceptibles o de las que no somos conscientes, ni de sus consecuencias.

Para más información consultar: 

Estudio sobre la Evolución de la Violencia contra las Mujeres en la Infancia y la Adolescencia



Norma Constanza Gamboa 

www.derechoeigualdad.com


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